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La Intendencia de Florida aprobó la reglamentación del decreto que establece restricciones para vehículos pesados en toda la caminería rural, suburbana y urbana, del departamento cuando se registren precipitaciones significativas, con un plazo de gracia de 60 días sin sanciones.
Cuando se acumulen 20 mm o más de precipitaciones en 24 horas, la Dirección de Vialidad podrá disponer la suspensión de circulación de tránsito pesado y la restricción se mantendrá hasta 72 horas posteriores al cese efectivo de las lluvias.
La Dirección General de Administración, a través de las Direcciones de Tránsito y Transporte y de Obras, controlará los registros oficiales de precipitaciones del Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) y los registros pluviométricos de las seccionales policiales.
Las suspensiones o rehabilitaciones se comunicarán a través de la página web institucional, redes sociales oficiales, medios radiales y televisivos locales, comunicación directa a Municipios y Juntas Locales, y el sistema "Ojos en Alerta" del Centro de Monitoreo Departamental.
Los traslados de ganado a frigoríficos y ferias programados, vehículos agrícolas que trasladen cosechas urgentes, ración y otros casos excepcionales o de emergencia podrán solicitar permisos especiales a la Dirección de Vialidad mediante correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla. o WhatsApp al 092510575. Este trámite es gratuito y el servicio está disponible las 24 horas.
La fiscalización estará a cargo de funcionarios de las Direcciones de Tránsito y Transporte, Obras, Vialidad, personal de Municipios o Juntas Locales, y podrá realizarse mediante mecanismos electrónicos. Las infracciones serán sancionadas conforme al régimen de multas establecido en el Decreto JDF 21/25, calculadas según peso, distancia recorrida y deterioro causado. Las multas se cargarán a la patente del vehículo a través del SUCIVE.
La reincidencia dentro de doce meses implicará un incremento del 50% de la multa y suspensión temporal del otorgamiento de permisos especiales.
Empresas o instituciones que requieran utilizar caminería rural con fines excepcionales (forestales, agrícolas, industriales) podrán celebrar convenios con la Intendencia, especificando caminos a utilizar, plazo, tipo de carga, plan de mantenimiento y garantía económica.
La reglamentación entró en vigencia el 30 de diciembre de 2025. Existe un plazo de gracia de 60 días durante el cual se aplicará y fiscalizará la normativa, pero no se aplicarán sanciones, permitiendo un período de adaptación para los usuarios de la caminería departamental.